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La ley sobre cuotas de empleo de personas con discapacidad en Perú, sin duda un tema que aparece cuando hablamos de discapacidad y oportunidades laborales. Según el artículo 49 de la Ley General de la Persona con Discapacidad (PCD) – Ley 29973, se establecen 2 cuotas de empleo distintas para personas con discapacidad que deben de ser cumplidas por empresas dependiendo del sector: privado o público.

Desde el año 2016 se inició la fiscalización de la cuota de personas con discapacidad en empresas, por lo cual es importante que las empresas sepan acerca de esta norma y cómo se calcula.

Según el estudio del 2012 sobre las personas con discapacidad en el Perú se pudo ver que las empresas de más de 50 trabajadores emplean menos del 7% del total de personas ocupadas con discapacidad en edad para trabajar.

 

Esta cifra es importante ya que son justamente este grupo de empresas en el sector privado, a las que se refiere la ley de discapacidad en cuanto a la cuota.

tamaño de empresa en la que trabaja una pcd

Se espera que con esta norma este grupo de empresas aumente la contratación de PCD en el Perú.

Sin embargo, es necesario entender más acerca de la norma, sus limitaciones y procedimientos.

 


Cuota de empleo para personas con discapacidad en Perú según Ley 29973

La cuota de empleo es un mecanismo legal que busca reducir la histórica falta de inclusión laboral de personas con discapacidad en el Perú, obligando a las empresas a brindar oportunidades de trabajo para personas con discapacidad y contratarlos como parte de su personal. Sin duda una norma que genera mucha discusión por parte de distintos grupos económicos.

La cuota en sí misma es parte de una serie de beneficios hacia las personas con discapacidad consideradas en la ley peruana.

A continuación, las cuotas según sector:

Cuota de empleo en empresas públicas:

Las entidades públicas están obligadas a contratar personas con discapacidad en una proporción no inferior al 5% de la totalidad de su personal.

 

Cuota de empleo en empresa privadas:

Los empleadores privados con más de 50 trabajadores están obligados a contratar personas con discapacidad en una proporción no inferior al 3% de la totalidad de su personal.

 


Pasos para calcular  la cuota de empleo de personas con discapacidad en Perú

Si queremos saber cuántos trabajadores con discapacidad debemos contratar en la empresa, entonces primero debemos considerar el aspecto legal, el procedimiento y luego el cálculo correspondiente.

Aquí un pequeño ejemplo para empezar:

 

Primer Paso: Ley de Cuota

¿Se trata de una empresa privada o pública?

En caso de las empresas privadas como ya vimos la exigencia es para aquellas con más de 50 trabajadores y equivale al 3% .

Es importante revisar la ley y el reglamento para ver las obligaciones específicas.

 

Segundo Paso:

Determinar el número de trabajadores en el periodo anual.

Este punto es importante ya que sirve para determinar la base sobre la cual se hace el cómputo para determinar si la empresa se encuentra obligada o no a contratar PCD.

Para ello consideramos lo siguiente:

  • Se toma en cuenta a todos los trabajadores registrados en la planilla electrónica durante el periodo anterior.
  • El periodo equivale a 01 año: desde 01 de enero al 31 de diciembre.
  • Se calcula en enero del año siguiente sobre el periodo finalizado.

 

Es decir, en enero del 2018 se hará la fiscalización de cumplimiento de cuota correspondiente en empresas con más de 50 trabajadores en el periodo 2017.

 

Tercer Paso:

Realizar el cómputo proporcional para determinar el # de trabajadores total y la cuota de empleo

En este paso se realiza una simple operación para determinar el número de trabajadores dependiendo del periodo laboral en el que hayan trabajado, de manera proporcional. Es decir:

  • Si el trabajador laboró durante todo el periodo (12 meses): Equivale a 1.
  • Si el trabajador trabajo solo una fracción del año, por ejemplo 2 meses: Equivale al [ (Número de meses trabajados)/12 ( meses en el año)]
  • De igual forma, si el trabajador laboró durante unos días, por ejemplo: 26 días: Equivale al [ (Número de días trabajados)/(días en el año)]

 

Esto nos permite obtener un número ponderado de personas que trabajaron durante un periodo en una empresa.

Con esto en cuenta se procede con un cálculo proporcional para determinar el número de trabajadores en el año, puede incluso que una empresa que tenga a 55 o 60 trabajadores en planilla registrados durante un todo un año y no encontrarse obligada a contratar PCD.

Porque probablemente algunos de sus trabajadores no cumplieron con trabajar los 12 meses que corresponden al periodo anual.

Lo veremos con este simple ejemplo que nos ayudará a representar el proceso:

 

Ejemplo sobre cómo calcular la cuota de empleos para personas con discapacidad en Perú

 

En este caso por más que a simple vista ambas empresas se ven obligadas a contratar personas con discapacidad, en la práctica solo una de ellas debe hacerlo.

El cálculo del 3% se hace sobre el número resultante de la operación, en este caso equivale a 2 personas con discapacidad.

 


¿Qué pasa si la empresa no cumple con su cuota de empleo para PCD?

En el mes de enero de cada año el Sistema de Inspección de Trabajo determina el cumplimiento de la cuota de empleo de personas con discapacidad haciendo la verificación de la planilla electrónica y los criterios del cálculo correspondientes.

En caso el empleador no cumpla se da inicio al proceso sancionador.

En el proceso de determinación del cumplimiento, el Reglamento hace la aclaración para que las empresas puedan efectuar sus descargos si han sido notificadas por incumplimiento, diferenciando 2 situaciones:

 

 

Si no han generado vacantes:

No haber generado en el año puestos o vacantes, que sin duda es una opción válida ya que a empresa debe realizar la incorporación como parte de su proceso regular de contratación.

 

 

Si han generado vacantes:

  •  En el caso de haber generado vacantes de trabajo pero por algún aspecto técnico o de seguridad impida o dificulte la incorporación de una persona con discapacidad.
  • Haber ofertado en la Bolsa de Trabajo que se ofrece en la Ventanilla Única de Promoción de Empleo o en servicios articulados a dicha Ventanilla.
  • Haber omitido todo requisito que constituya una exigencia discriminatoria contra las personas con discapacidad.
  • Garantizar que los procesos de selección específicos permitan una efectiva participación de personas con discapacidad.

 

Esto quiere decir que si bien las empresas tienen la obligación de contratar personas con discapacidad, no quiere decir que deban cumplirla de manera irregular o por fuera de sus procesos naturales de contratación.

O en otras palabras, que la ley busque que las empresas cumplan por el simple hecho de cumplir ya que eso podría perjudicar tanto a la empresa empleadora como al mismo trabajador

 


Sanciones y Multas en caso de incumplimiento de cuota de discapacidad:

Según lo detallado por SUNAFIL, según el Reglamento de la Ley 29973, las multas por incumplimiento de la cuota empleo de personas con discapacidad en el Perú van desde 12 a 15 UIT

El valor de una una UIT equivale a S/. 4,050 soles.

Estamos hablando de números significativos para algunas empresas por lo que el cumplimiento de la cuota se convierte en un tema a considerar en todas las empresas obligadas.

 

 

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