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Pensión por Invalidez en México

Puntos importantes de las distintas Pensiones en México

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Hemos armado el siguiente post con los puntos importantes a tener en cuenta a la hora de tramitar las diferentes Pensiones:  Pensión por Invalidez, Pensión por Incapacidad y Pensión por Incapacidad Permanente Parcial.

Esperamos sea de tu utilidad.

Puntos a tener en cuenta si un trabajador está tramitando su pensión: 

  • El IMSS es quien determina el derecho a recibir una pensión así como el monto y demás prestaciones contempladas en la Ley.
  • Las pensiones por incapacidad, invalidez o muerte de un trabajador, que se originen a partir del 1º de julio de 1997, serán pagadas por Aseguradoras Autorizadas de acuerdo a la Nueva Ley del Seguro Social.

Cómo elegir libre y correctamente a la Compañía Aseguradora que le pagará su pensión:

  • Reciba y escuche en su domicilio a los representantes debidamente acreditados de las Aseguradoras Autorizadas. Ellos le explicarán los beneficios que por Ley le corresponden y aquéllos que en forma adicional le ofrecerán sin costo alguno.
    Asegúrese que los beneficios adicionales que le ofrezcan sean claros y precisos en sus términos y cuenten con el registro de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
    Cada Aseguradora deberá presentarle su oferta de beneficios adicionales una sola vez, por escrito y en papel oficial de la Compañía.
  • Compare todas las ofertas que por escrito le presenten Tome su tiempo para analizarlas y no permita que nadie lo presione o quiera intervenir. El trámite debe ser personal ya que está decidiendo su futuro y el de su familia.
  • Considera el prestigio, respaldo, experiencia, solidez financiera y servicio que le ofrece la Aseguradora que le pagará tu pensión.
  • Está prohibido que los representantes de las Aseguradoras le ofrezcan pagos en efectivo antes o al momento de la firma de su Documento de Elegibilidad; tampoco deben utilizar los beneficios adicionales como medida de presión para que haga su elección.
    Todos los pagos que le correspondan le serán entregados en la fecha establecida, después de que haya recibido su póliza del Seguro de Pensiones.
  • Recuerde que Usted puede realizar los trámites, no permita que otra persona los realice por Usted.
  • Todos los trámites son gratuitos.
  • Una vez que elija su Aseguradora y firme el documento de elegibilidad, no podrá cambiarse de compañía.

Fuente: http://www.economia.com.mx/seguro_de_pensiones.htm

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Compañías Autorizadas para pagar el seguro de pensiones en México

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A continuación te brindamos un listado de cuáles son las compañías autorizadas para pegar el seguro de pensiones en México, abarcan tanto Pensión por Invalidez, Pensión por Incapacidad y Pensión por Incapacidad Permanente.

Cada pensionado podrá elegir entre las siguientes Aseguradoras:

  • HSBC, Pensiones, S.A.
  • HSBC, rentas Vitalicias, S.A.
  • Metlife Pensiones México, S.A.
  • Pensiones BBVA Bancomer, S.A. de C.V
  • Pensiones Banorte Generali, S.A. de C.V.
  • Pensiones Comercial América, S.A. de C.V.
  • Pensiones Inbursa, S.A.
  • Principal Pensiones S.A. de C.V.
  • Profuturo GNP Pensiones, S.A. de C.V.
  • Royal & Sunalliance Pensiones (México), S.A. de C.V.
  • Seguros Banamex, S.A. de C.V.

Hay que tener siempre presente que una vez que se escoja la compañía y se firme el documento de elegibilidad no podrá cambiarse.

 

Fuente:  http://www.economia.com.mx/seguro_de_pensiones.htm

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Pensión por Invalidez en México

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En el siguiente post te contamos cómo obtener la pensión por invalidez, cuáles son las bases y condiciones.

Esperamos sea de tu interés.

1- ¿ A qué prestaciones tiene derecho el pensionado por Invalidez? 

Pensión temporal o definitiva:

  • Asistencia Médica
  • Asignaciones Familiares de conformidad
  • Ayuda Asistencial

2- ¿ Qué es un pensión temporal de invalidez? 

Es la que se otorga por periodos renovables al asegurado, en los casos de existir posibilidad de recuperación para el trabajo, o cuando por la continuación de una enfermedad no profesional se termine el disfrute del subsidio y la enfermedad persista.

Lo anterior tiene su fundamento legal en el artículo 130 de la Ley del IMSS de 1973 y 121 de la Ley vigente del Seguro Social.

3- ¿ A qué prestaciones tiene derecho el asegurado que presenta un estado de invalidez , conforme a la Ley de Seguro Social vigente? 

Cuando el trabajador tenga un saldo acumulado en su cuenta individual que sea mayor al necesario para integrar el monto constitutivo para contratar los seguros de renta vitalicia y de sobre-vivencia  podrá el asegurado optar por:

  • Retirar la suma excedente en una sola exhibición de su cuenta individual
  • Contratar una renta vitalicia por una cuantía mayor
  • Aplicar el excedente a un pago de sobreprima para incrementar los beneficios del seguro de sobre-vivencia

La renta vitalicia y el seguro de sobrevivencia se sujetarán a lo dispuesto en el artículo 159 fracción IV y VI de mencionada ley.

Se cuenta también con:

  • Asistencia médica
  • Asignaciones familiares
  • Ayuda asistencial

4-¿ Qué es pensión definitiva de Invalidez, conforme a la Ley de Seguro Social vigente? 

Es pensión definitiva la que corresponde al estado de invalidez, que se estima de naturaleza permanente.

Se requiere que al declararse ésta el asegurado tenga acreditado el pago de doscientas semanas de cotización, en el caso que el dictamen respectivo determine el 75% o más de invalidez sólo se requerirá que tenga acreditas ciento cincuenta semanas de cotización.

Lo anterior tiene su fundamento en el artículo 122 de la Ley del seguro Social vigente.

Fuente: http://profedet.stps.gob.mx:75/faq/pensionporinvalidez.htm

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