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Discapacidad Colombia

Solicitud del Subsidio para Personas con Discapacidad Colombia

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Acorde al Decreto número 1355 vigente en Colombia, el discapacitado tiene derecho a la obtención de un subsidio por discapacidad.

A continuación te explicamos cómo solicitarlo, esperamos sea de tu utilidad.

Solicitud del subsidio: 

Las personas con discapacidad que reúnan los requisitos para acceder al subsidio de que trata el presente decreto, deberán inscribirse una vez efectuada la convocatoria, por si mismos o a través de su representante legal, diligenciando el formulario de solicitud del subsidio en las oficinas regionales del administrador fiduciario del Fondo de Solidaridad Pensional o en las seccionales de la Cruz Roja Colombiana o en los Comités Municipales de Discapacidad o en las comunidades religiosas, que habiendo
cumplido los requisitos definidos en el Manual Operativo, se encuentren previamente autorizadas para ello, por el Ministerio de la Protección Social.

Recursos y entrega del subsidio:  El subsidio económico se financiará con los recursos de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional, de acuerdo con la modalidad de subsidio así:

  • El subsidio económico indirecto será entregado por el administrador fiduciario a través de las entidades con quien éste contrate, o se girará a las instituciones de que trata el numeral primero del artículo quinto del presente decreto, previa suscripción del convenio respectivo.
  • El subsidio económico directo en municipios donde existen entidades bancarias o entidades autorizadas para prestar el servicio de giros postales, se  entregará directamente al beneficiario o a su representante legal, por medio de la entidad bancaria o la entidad autorizada para prestar el servicio de giros postales, con la cual el administrador fiduciario suscriba el convenio respectivo.
  • El subsidio economlco directo en mUnicipiOS donde no existen entidades bancarias o entidades autorizadas para prestar el servicio de giros postales, se girará a una cuenta especial a nombre del Fondo de Solidaridad Pensional Subcuenta de Subsistencia que el municipio abra para su administración una vez haya firmado el convenio con el administrador fiduciario; cuenta a la cual se girarán los subsidios a nombre de cada beneficiario. El municipio se encargará de hacer la respectiva entrega a los beneficiarios.

Fuente:

http://www.inci.gov.co/apc-aa-files/1bf6f0f413a6bcd8c53fc02b1507b997/DECRETO_1355_DE_2008_08_SUBSIDIO_DISCAPACITADOS_POBRES.pdf

 

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Subsidio por Discapacidad Colombia

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Acorde al Decreto número 1355 vigente en Colombia, el discapacitado tiene derecho a la obtención de un subsidio por discapacidad.

El decreto tiene por objeto reglamentar el acceso de las personas con discapacidad en situación de extrema pobreza y
vulnerabilidad, al subsidio económico de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional.

Se entiende por persona con discapacidad, aquella calificada con un porcentaje superior al 50% de conformidad con el Manual Único para la Calificación de la Invalidez.

Requisitos: 

  • Ser Colombiano.
  • Tener 18 o más años de edad.
  • Tener 3 años menos de la edad que rija para adquirir el derecho a la pensión de vejez de los afiliados al Sistema General de Pensiones.
  •  Tener una calificación de invalidez superior al 50% de conformidad con el Manual Único para la Calificación de la Invalidez.
  • Estar clasificado en el nivel 1 o 2 del SISBEN, carecer de rentas o ingresos suficientes para subsistir. Se trata de personas que se encuentran en una de estas condiciones: viven solas y su ingreso mensual no supera medio salario mínimo legal mensual vigente, o viven con la familia y el ingreso familiar es igualo inferior al salario mínimo legal mensual vigente.
  • Residir durante los últimos diez años en el territorio nacional.

Criterios de priorización de beneficiarios: 

  • Puntaje SISBEN.
  • Porcentaje de la Calificación de conformidad con el Manual Único de Calificación de Invalidez.
  • Número de miembros del núcleo familiar que conviven con la persona con discapacidad y que se encuentren en edad de trabajar.
  •  Que residan en zona rural o urbana.
  • Fecha de solicitud de inscripción para acceder al beneficio.
  • Haber sido beneficiario del Programa Hogares Gestores para niñez con discapacidad y/o enfermedad grave de! Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF-, si la persona se encontraba en situación de discapacidad antes de cumplir 18 años.

Fuente:

http://www.inci.gov.co/apc-aa-files/1bf6f0f413a6bcd8c53fc02b1507b997/DECRETO_1355_DE_2008_08_SUBSIDIO_DISCAPACITADOS_POBRES.pdf

 

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Selección de Subsidios para Personas con Discapacidad Colombia

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Acorde al Decreto número 1355 vigente en Colombia, el discapacitado tiene derecho a la obtención de un subsidio por discapacidad.

A continuación te explicamos cómo seleccionan mencionados subsidios, y la modalidad de pago.

Esperamos sea de tu utilidad.

Selección y asignación de subsidios: 

El Ministerio de la Protección Social establecerá anualmente la cobertura, la modalidad de subsidios a entregar, priorizando la modalidad indirecta y determinará la clase de ayudas técnicas que otorgará de acuerdo con la disponibilidad presupuestal para la
respectiva vigencia. Para tal efecto, realizará la convocatoria y seleccionará a los beneficiarios, teniendo en cuenta los criterios de priorización previstos en el artículo tercero del presente decreto, y asignará los subsidios proporcionalmente de acuerdo con el número de personas inscritas a nivel regional.

El subsidio económico de que  trata el presente decreto se otorgará en las siguientes modalidades:

  • Un subsidio económico indirecto, que se otorga en servicios sociales básicos, a la persona con discapacidad previamente calificada, a través de instituciones de protección social (centros institucionalizados de protección permanente, centros día, centros de cuidados intermedios, centros educativos o formativos integradores, centros de educación especial o centros de vida independiente), o instituciones de capacitación y/o formación dirigidas a personas con discapacidad, que se encuentren legalmente constituidas, o de entidades públicas del orden nacional que hagan parte del Sistema de Protección Social,previa suscripción de un convenio con estas entidades.
  • Un subsidio economlCo directo, en dinero, dirigido a personas con discapacidad que tengan una calificación de invalidez superior al 75%, que residan en un municipio que no cuente con centros o instituciones a los que se refiere el numeral anterior y que no requieran de ayudas técnicas. Este subsidio será entregado directamente a los beneficiarios o personas que los representen legalmente.

Fuente:

http://www.inci.gov.co/apc-aa-files/1bf6f0f413a6bcd8c53fc02b1507b997/DECRETO_1355_DE_2008_08_SUBSIDIO_DISCAPACITADOS_POBRES.pdf

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Pérdida del Subsidio para Personas con Discapacidad Colombia

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Acorde al Decreto número 1355 vigente en Colombia, el discapacitado tiene derecho a la obtención de un subsidio por discapacidad.

A continuación te explicamos las situaciones que pueden llevar a la pérdida del mismo.

Pérdida del subsidio: El beneficiario perderá el subsidio en los siguientes casos:

  •  Muerte del beneficiario.
  •  Comprobación de falsedad en la información suministrada, o de destinación diferente a la ayuda técnica otorgada, o intento de conservar fraudulentamente el subsidio.
  • Percibir una pensión u otra clase de renta, o subsidio, o reconocimiento económico con cargo a la Subcuenta de Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito -ECAT- del Fondo de Solidaridad y Garantía – Fosyga-.
  • Mendicidad comprobada como actividad productiva .
  • Comprobación de realización de actividades ilícitas, sólo mientras subsista la condena.
  • No cobro consecutivo de subsidios programados en dos giros
  • Ser propietario de más de un bien inmueble.
  • Reconocimiento a los padres, de la pensión especial de vejez de que trata el artículo 9°, parágrafo 4° de la Ley 797 de 2003.
  • Dejar de cumplir cualquiera de los requisitos establecidos para acceder al subsidio.

Poder a terceros:  Los beneficiarios de este subsidio que no puedan presentarse a reclamar el subsidio ante la entidad bancaria o
institución ontratada para tal fin, podrán otorgar poder a un tercero para que en su nombre y representación reclame el mismo. Dicho poder debe ser autenticado por notario o por la autoridad competente y deberá presentarse con el certificado de supervivencia del beneficiario el cual tendrá una vigencia de tres (3) meses.

Fuente:

http://www.inci.gov.co/apc-aa-files/1bf6f0f413a6bcd8c53fc02b1507b997/DECRETO_1355_DE_2008_08_SUBSIDIO_DISCAPACITADOS_POBRES.pdf

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Habrá descuento en TransMilenio para personas con discapacidad

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El Alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, anunció días atrás una nueva medida en beneficio de las personas con discapacidad. La Secretaría de Salud indica que son alrededor de 189.000 personas en estas condiciones.

El nuevo beneficio, es una rebaja en la tarifa  del transporte público, TransMilenio, se estima la baja de un 15% de la tarifa actual. El descuento también aplicaría para los buses del Sistema Integrado de Transporte Público (SITP), cuando este comience a operar.

Estos nuevas medidas son sustentadas en el Plan de Desarrollo aprobado por el Concejo de Bogotá.

Uno podrá acceder al descuento por medio de una tarjeta personalizada. Primero, debe contar con una certificación de discapacidad emitida por la Secretaría de Salud, cuando la obtenga debe dirigirse a las taquillas de TransMilenio, donde podrán solicitar su tarjeta.

Fuente: http://www.eltiempo.com/colombia/bogota/habr-descuento-de-transmilenio-para-personas-con-discapacidad_12210296-4

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Autonomía de las personas con síndrome de Down en una nueva vivienda tutelada

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ASIDO Cartagena ha presentado la nueva vivienda en la que adultos con síndrome de Down y discapacidad intelectual desarrollarán su independencia. Se trata de un piso ubicado en el centro de la ciudad que ha sido cedido para este fin, por Fundación Rose. Su reforma y equipamiento se ha llevado a cabo con la colaboración, entre otros, de Fundación Repsol, el  Ayuntamiento de Cartagena Fundación ONCE y la Escuela de Infantería de Marina, que han financiado las obras de acondicionamiento con un coste de más de 50.000 euros.

La vivienda abrirá sus puertas en las próximas semanas para albergar talleres de hábitos y autonomía en el hogar. Progresivamente, las estancias de sus ocupantes se irán alargando hasta incluir pernoctaciones y periodos más extensos en diferentes fases. El piso servirá para continuar el proyecto ‘Quiero vivir mi propia vida’, ya en marcha, dirigido a los 50  usuarios de Asido Cartagena en edad adulta.

Este proceso se  desarrolla de la mano de los profesionales de ASIDO Cartagena y también de sus familias, que valoran junto a los protagonistas –los adultos con síndrome de Down- las necesidades y avances de cada uno. Hay un seguimiento individualizado de cada persona que, con la autonomía, gana también en crecimiento personal y autoestima. En el piso se desarrollarán diferentes talleres sobre conocimiento del entorno, organización del hogar,   autocuidado e inclusión en la comunidad, con la finalidad de ofrecer herramientas para desarrollar una vida lo mas autónoma posible y poder tomar decisiones sobre su vida futura.

ASIDO Cartagena es una entidad sin ánimo de lucro que nació como tal en 1993. Ofrece servicios de Atención Temprana, Centro Ocupacional, Apoyo y Orientación Familiar, Apoyo Psicopedagógico y Escolar en coordinación con los Centros de Integración donde se encuentran los niños y jóvenes, así como programas de Ocio y Tiempo Libre. Además compone, junto a otras 26, la Federación de Asociaciones en favor de las Personas con Discapacidad Intelectual y Parálisis Cerebral (FEAPS Región de Murcia).

Fuente: http://www.discapnet.es/Castellano/Actualidad/Discapacidad/autonomia-de-las-personas-con-sindrome-de-down-en-una-nueva-vivienda-tutelada.aspx

 

 

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El básquet de CILSA viaja a Colombia

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El equipo de básquet de Cilsa Buenos Aires, viajará esta semana a Colombia, Bogotá, buscando triunfar en el 1er campeonato Sudamericano Interclubes de básquet sobre silla de ruedas.

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El mismo se disputara del 5 al 12 de agosto y participarán los 8 equipos campeones de básquet sobre silla de ruedas de Sudamérica. El equipo de Cilsa fue campeón 2011 del Torneo Nacional “Juan Leonardo Vega” es por este motivo su participación.

Estos equipos se forman gracias al Programa Nacional de Recreación y Deportes que tiene como objetivo no sólo el aprendizaje del deporte sino la integración y socialización de los deportistas a través del mismo.

Diez fueron los jugadores seleccionados para el campeonato, su entrenador, Gonzalo Seibane, confió en los siguientes: Daniel Copa, Alejandro Fernández, Facundo Candía, Fernando Ovejero, Pedro Ramos, Nicolás Valenzuela, Gustavo Villafañe, Jorge Díaz, Costanza Coronel, Matías Ciccaline y Mario Domínguez. Los últimos dos son integrantes de CILSA Santa Fe, pero participarán como invitados.

Fuente:http://www.cilsa.org/2012/08/el-basquet-de-cilsa-viaja-a-colombia/

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