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La pensión por Incapacidad Permanente Total se otorga al asegurado que sufre un accidente o enfermedad en ejercicio o con motivo de su trabajo y esto le ocasiona la pérdida de sus facultades, aptitudes o disminución permanente parcial o total en su capacidad física o mental para realizar su trabajo.

Requisitos para tener derecho a una Incapacidad Permanente:

  • Que los Servicios Médicos de Salud en el Trabajo del Instituto califiquen el accidente de trabajo en el formato “ST-3″ (dictamen de incapacidad permanente o defunción por riesgo de trabajo), trámite que deberá iniciar en la Unidad de Medicina Familiar que al asegurado le corresponda.
  • Que los Servicios de Prestaciones Económicas cuenten con el formato “ST-3″ (dictamen de incapacidad permanente o defunción por riesgo de trabajo).
  • El asegurado se encuentre vigente en sus derechos.

Documentos que deberá entregar el asegurado:

  • Identificación oficial con fotografía y firma.
  • Documento que contenga el número de seguridad social expedido por el IMSS, INFONAVIT o AFORE
  • Copia certificada expedida por el Registro Civil de acta de nacimiento, acta de adopción o reconocimiento, original se queda en el expediente.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP) o impresión de la misma obtenida a través de la página de Internet del Registro Nacional de Población
  • Documento de AFORE: estado de cuenta, impresión obtenida de la página de Internet de la AFORE que maneja la cuenta individual con una antigüedad no mayor a los 6 meses previos a la fecha de la solicitud o contrato firmado con la AFORE, solo si el asegurado cotizó a partir del 1 de julio de 1997, original y copia para cotejo.
  • Comprobante de domicilio de reciente expedición, no mayor de tres meses a la fecha de la presentación de la solicitud: derechos de agua, luz, teléfono (excepto celular), recibo de gas, certificación de la presidencia municipal (anual) o boleta predial (bimestral o anual del ejercicio vigente), no es necesario que el comprobante esté a nombre del solicitante, original y copia para cotejo.

Tratándose de incapacidad permanente total:

Además de los documentos anteriores, deberá presentar para cada uno de sus beneficiarios con derecho, los requisitos y documentos descritos de conformidad a cada modalidad ( esposa, concubina, hijo menor de 16 años, hijo mayor de 16 años y hasta 25 años estudiante, hijo mayor de 16 años incapacitado, ascendientes) señalados en el trámite de asignación familiar.

De no presentar la documentación completa y correcta (sin borraduras, tachaduras o enmendaduras) no se podrá iniciar el trámite.

El solicitante presentará personalmente la solicitud de pensión en la ventanilla de Prestaciones Económicas de la Unidad de Medicina Familiar que le corresponda, en días hábiles para el Instituto, en horario de 8:00 a 15:00 horas.

 

Fuente: http://www.imss.gob.mx/Pensionesysubsidios/Pages/a_incapacidad.aspx
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