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En este post te contamos cuáles son las generalidades  y los puntos específicos de la Pensión por Invalidez en Panamá, esperamos sea de tu utilidad.

Generalidades: 

1. Puede solicitar además, las asignaciones familiares (B/.20.00 por Esposa o compañera y B/.10.00 por cada hijo menor de 18 años).
2. El asegurado que es declarado inválido por la Comisión Médica Calificadora y no reúne los requisitos de 36 cuotas, podrá pedir Indemnización por Invalidez. Será requisito que el asegurado tenga acreditadas no menos de doce (12) meses de cotización, de los cuales por lo menos seis (6) deben corresponder al último año anterior a la fecha de la invalidez.
3. No se concederá pensión de invalidez a cualquier asegurado que a pesar de reunir los requisitos antes señalados se encuentren en la siguiente situación:

Que la invalidez sea producida por causa o consecuencia de accidente de trabajo o de enfermedad profesional. Que el estado de invalidez hubiera sido provocado intencionalmente por el asegurado, o que fuere consecuencia de la Comisión de un delito del que el asegurado sea responsable. Que la invalidez se produzca después de alcanzar la edad señalada para el derecho a la pensión de vejez.

Forma De Cálculo

Un asegurado que sea declarado inválido y tiene 48 cuotas cotizadas a la Caja de Seguro social.
Tiene un salario promedio de B/.134.65, el cálculo de la pensión sería de:
60% del salario base:
0.60 X 134.65 = 80.79

Incremento

No hay Pensión mensual = B/.80.79
Se eleva a la suma mensual de B/.175.00 (pensión mínima)

Nota:

No tiene derecho a la asignación familiar, debido a que la suma que recibe de la Caja de Seguro Social, es mayor que el salario promedio base mensual.

Si el asegurado no llegara a tener siete (7) años de cotizaciones, se tomará el promedio de los sueldos correspondientes a los meses de cotizaciones que tuviese.

1. El monto de la pensión se pagará quincenalmente.
2. La pensión mínima es de B/.175.00 mensual y la pensión máxima será de B/.1,000.00.
3. Al igual que la vejez, si el asegurado(a) tiene 25 años o más cotizados a la Caja de Seguro Social y un promedio mensual de B/.1,500.00 en un período de 15 años, la pensión puede ser hasta de B/.1,500.00 mensual.

Fuente: http://www.css.gob.pa/pensioninvalidez.html

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